Registros médicos

Cómo obtener copias de sus registros médicos

El Centro Médico Regional de Wellington (WRMC) conserva registros de la atención médica que recibe aquí en el Departamento de Administración de Información de Salud. Estos registros se mantienen estrictamente confidenciales y no se divulgan sin el consentimiento por escrito del paciente, excepto según lo exija la ley.

WRMC satisface las solicitudes de registros médicos de todos los servicios hospitalarios, ambulatorios y clínicos afiliados a WRMC. El personal de divulgación de información estará encantado de ayudarlo a obtener sus registros médicos completos al recibir una autorización válida. Puede enviar por correo, fax o correo electrónico su autorización para divulgar información de salud.

Autorización de divulgación de información de salud protegida

Imprima y complete el formulario, fírmelo y devuélvalo al hospital. No se aceptan firmas electrónicas. Se pueden aplicar cargos por el servicio de copias. ¿Tiene alguna pregunta? Llame. 561-798-8680.

Correo:
Centro médico regional de Wellington
A la atención de: HIM / ROI
10101 W. Forest Hill Blvd.
Wellington, Florida 33414

Fax: 561-798-8578

Correo Electrónico: famecos-pg@pucrs.br

En persona: ALERTA: LOS VISITANTES ESTÁN RESTRINGIDOS EN ESTE MOMENTO
Departamento WRMC HIM, primer piso
Lunes - viernes | 8:30 a 5 pm

Preguntas Frecuentes

Envíe una solicitud de autorización válida directamente al Departamento de Administración de Información de Salud en persona, por correo electrónico, fax o por correo. Traiga con usted o envíe una copia de su identificación con foto junto con su solicitud. Los ejemplos incluyen una licencia de conducir, tarjeta de identificación de estudiante y pasaporte.

No. La información médica es confidencial y no se puede divulgar por teléfono.

Pacientes y / o una persona que se nombra como tomador de decisiones o apoderado bajo un poder notarial de salud firmado por el paciente. Al momento de solicitar los registros, se debe proporcionar una copia del Poder notarial o el ejecutor de la atención médica duradera para el patrimonio de la atención médica.

Si el paciente ha fallecido, el registro debe ser solicitado por el representante personal designado por el tribunal, quien debe presentar un certificado de nombramiento original con sello en relieve emitido por el Tribunal Testamentario que identifique al solicitante como albacea o ejecutor del patrimonio del paciente.

Si el paciente es menor de 18 años, los padres o tutores del paciente pueden firmar.